Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, que entra en vigor el 1 de enero de 2024, modifica la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
PERSONAS FÍSICAS
1. Donaciones hasta 250 € (donación igual o inferior a 250€): La deducción será un 80%.
2. Donaciones mayores de 250 €:
Donaciones recurrentes:
Ha realizado donaciones los dos años anteriores a la misma entidad y el importe ha sido el mismo o ha incrementado, la deducción será un 45%.
Donaciones no recurrentes:
No ha realizado donaciones los dos años anteriores en la misma entidad o el importe ha ido disminuyendo, la deducción será un 40%.
PERSONAS JURÍDICAS
1. Donaciones en general, la deducción será un 40%.
2. Donaciones recurrentes, ha realizado donaciones los dos años anteriores y el importe ha sido el mismo o ha incrementado, la deducción será un 50%.